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La relación laboral de duración indefinida no podrá ser rescindida por ninguna de las partes sin preaviso, cuyos términos son los siguientes:

EMPLEADOS

a) para los empleados que, habiendo superado el período de prueba, no hayan prestado más de cinco años de servicio:

  1. meses 2 y 15 días para los empleados de 7º nivel y Directivos intermedios (Q);
  2. meses 1 y 15 días para los empleados de 6º nivel;
  3. meses 1 para empleados del 5º al 2º nivel;

b) para los trabajadores con más de 5 años de servicio y menos de 10:

  1. meses 3 y 15 días para los empleados de 7º nivel y Directivos intermedios (Q);
  2. meses 2 para los empleados de 6º nivel;
  3. meses 1 y 15 días para empleados del 5º al 2º nivel;

c) para los trabajadores con más de 10 años de servicio:

  1. meses 4 y 15 días para los empleados de 7º nivel y Directivos intermedios (Q);
  2. meses 2 y 15 días para los empleados de 6º nivel;
  3. meses 2 para empleados del 5º al 2º nivel. OBREROS

OBREROS

15 días naturales para los obreros de cualquier nivel, independientemente de su antigüedad.

Los plazos de preaviso a los que se refiere este artículo se reducen al 50% para los trabajadores por cuenta ajena y a 7 días naturales para los trabajadores por cuenta ajena si el trabajador da el preaviso.

Los plazos de preaviso van de mediados a finales de cada mes.

La parte que ponga fin a la relación sin respetar los plazos de preaviso mencionados deberá abonar a la otra parte una indemnización igual al importe de la remuneración total correspondiente al plazo de preaviso no respetado. 

El empresario tiene derecho a retener, de la cantidad que adeuda al trabajador, un importe correspondiente a la retribución por el período de preaviso que el trabajador no haya cumplido.

El periodo de preaviso, aunque sea sustituido por la indemnización correspondiente, se computará como antigüedad a efectos de indemnización por despido.

Queda a elección de la parte que recibe el preaviso en virtud del apartado (1) poner fin a la relación, ya sea al principio o durante el periodo de preaviso, sin obligación de pagar indemnización alguna por el periodo de preaviso incumplido.

Durante el periodo de preaviso, el empresario concederá al trabajador un permiso para buscar un nuevo empleo; la distribución y la duración del permiso serán determinadas por el empresario en función de las necesidades de la empresa.

Tanto el despido como la dimisión se comunicarán por escrito, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.