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El trabajador tiene la obligación de:

  • realizar la función encomendada con la máxima diligencia, asumiendo personalmente la responsabilidad de la misma y cumpliendo con las pautas de la empresa impartidas mediante órdenes de servicio o instrucciones especiales;
  • respetar el horario de trabajo;
  • comportarse de forma correcta y educada con superiores, compañeros, empleados y público;
  • prestar el máximo cuidado a todos los equipos, objetos, locales y efectos personales pertenecientes a la empresa, respondiendo, salvo mayor responsabilidad por daños y perjuicios causados por su culpa probada, mediante retenciones en el salario previa notificación por escrito del cargo correspondiente;
  • respetar el orden jerárquico de la empresa en las relaciones relacionadas con el servicio;
  • observar escrupulosamente todas las disposiciones legales en materia de prevención de accidentes que la empresa ponga en su conocimiento, así como las disposiciones especiales que la empresa imparta al respecto; 
  • poseer la documentación adecuada que certifique la regularidad de la contratación proporcionada por la empresa.