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ROPA DE TRABAJO

Las empresas proporcionarán de forma gratuita cada año a todos los trabajadores 2 monos o 2 guardapolvos y 2 pantalones o 2 prendas equivalentes.

La empresa acordará a nivel de empresa con la R.S.U., o, en su defecto, si aún no se ha establecido, con los R.S.A., la posible dotación de indumentaria adicional en relación con el grado de riesgo para la salud y seguridad del trabajador en los servicios requeridos.

La empresa proporcionará chubasqueros con el correspondiente cubrecabezas para los trabajadores que se vean obligados a realizar su actividad bajo la lluvia.

Los trabajadores están obligados a velar por la buena conservación de las prendas que se les entreguen y a vestir el uniforme proporcionado durante el servicio.

UNIFORME

En caso de que la actividad prestada requiera el suministro de un uniforme, indispensable para el desempeño del servicio, este será suministrado por la empresa en función del desgaste y renovado al menos cada dos años.

El trabajador está obligado, en caso de terminación de la relación laboral, a devolver el uniforme; de lo contrario, el coste del uniforme correrá a cargo del trabajador.

Se aplican las normas vigentes en materia de seguridad laboral.