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La empresa pagará antes del 15 de julio el segundo aguinaldo igual a un salario mensual total. El periodo de referencia va del 1º de julio al 30 de junio.

En caso de inicio o terminación de la relación laboral durante el año, el trabajador no en período de pruebas tendrá derecho a tantas doceavas partes del monto del segundo aguinaldo como meses de servicio haya prestado en la empresa durante el período de referencia.

Las fracciones de mes que no superen los 15 días no se computarán, mientras que se considerarán un mes completo si superan los 15 días.