El trabajador tiene la obligación de:
- realizar la función encomendada con la máxima diligencia, asumiendo personalmente la responsabilidad de la misma y cumpliendo con las pautas de la empresa impartidas mediante órdenes de servicio o instrucciones especiales;
- respetar el horario de trabajo;
- comportarse de forma correcta y educada con superiores, compañeros, empleados y público;
- prestar el máximo cuidado a todos los equipos, objetos, locales y efectos personales pertenecientes a la empresa, respondiendo, salvo mayor responsabilidad por daños y perjuicios causados por su culpa probada, mediante retenciones en el salario previa notificación por escrito del cargo correspondiente;
- respetar el orden jerárquico de la empresa en las relaciones relacionadas con el servicio;
- observar escrupulosamente todas las disposiciones legales en materia de prevención de accidentes que la empresa ponga en su conocimiento, así como las disposiciones especiales que la empresa imparta al respecto;
- poseer la documentación adecuada que certifique la regularidad de la contratación proporcionada por la empresa.